¿Qué es la Incapacidad Laboral?
¡Buenos días! En la entrada de hoy explicaremos que tipo de incapacidades existen a día de hoy en la Seguridad Social. Para introducir el tema y que sea mucho más fácil de entender os daré una pequeña explicación de que se entiende por “Incapacidad Laboral”.
La incapacidad laboral se
da cuando el trabajador deja de estar en condiciones para poder realizar las
tareas habituales del puesto de trabajo. Esta incapacidad está enfocado en la
capacidad de cumplimiento con las tareas, no tanto con la gravedad de la enfermedad
que sufra el trabajador.
Según qué tipo de causas o características tenga esa incapacidad, la Seguridad Social la clasifica en 4 tipos distintas: incapacidad temporal, incapacidad parcial incapacidad laboral permanente (que puede ser total o absoluta) y por último incapacidad por gran invalidez.
1) Incapacidad temporal
Está incapacidad se da
cuando el trabajador sufre un accidente o tiene una enfermedad la cual le
impide trabajar, es por ello que se considera incapacitado de forma temporal.
Dentro de esta incapacidad
encontramos que puede ser por contingencia común, es decir, que el accidente o
la enfermedad no sea derivada a causa del trabajo, y la contingencia
profesional, que en este caso si viene causado por el trabajo y se considera accidenta
laboral o enfermedad profesional.
2) Incapacidad parcial
En este caso hablamos de cuando, a causa del accidente o la enfermedad, se disminuye de forma permanente el rendimiento del trabajador en su puesto de trabajo. Se puede llegar a reducir un 33% de normal.
3) Incapacidad permanente total
Este tipo de incapacidad es
la que incapacita al trabajador para desarrollar las tareas de su puesto de
trabajo. Es decir que en este caso, el
trabajador sufre un accidente y no puede desarrollar las tareas de su puesto,
pero si puede realizar otro tipo de actividades.
Para que quede más claro os explicaré un ejemplo: un cirujano tiene un accidente y pierde por completo la destreza la mano. En este caso el no podrá seguir ejerciendo sus tareas, pero si podrá realizar otras donde este punto de la destreza no sea tan importante.
4) Incapacidad permanente absoluta
En esta cuarta incapacidad se habla de cuando el trabajador sufre un accidente y es incapacitado de forma permanente para realizar cualquier trabajo, debido a que el accidente o la enfermedad que padece no se lo permite.
5) Incapacidad por gran invalidez
En este último caso
hablamos de que además de que el trabajador está incapacitado por completo para
trabajar, necesita ser asistido durante el día a día para realizar las
actividades rutinarias.
Cuando hablamos de
incapacidad temporal, el trabajador deberá de presentar, únicamente la baja
médica y que recomendación le ha dado el médico, en caso de que se trate de
necesidad de guardar reposo.
En cambio, cuando hablamos
de una incapacidad permanente es necesario que el trabajador cumpla los
siguientes requisitos:
- El trabajador, deberá estar inscrito en la Seguridad Social o en todo caso en una aseguradora privada.
En caso de que no se trate de accidente laboral o enfermedad profesional, el trabajador debe tener cotizado el mínimo requerido.
No puede haber alcanzado la edad de jubilación.
¡Y hasta aquí la entrada de
hoy!
Un saludo, nuestros
queridos lectores y recordad “El conocimiento es la mejor herramienta en el
mundo laboral"


Un texto y una explicación excelente. Me ha gustado mucho poder comprender tan fácilmente los conceptos especificados. Recientemente tuve un caso parecido y se me asemeja a lo sucedido. Gran blog!
ResponderEliminarNos alegra sabes que nuestro blog sirve de gran ayuda para tod@s vosotr@s! Muchas gracias por tus palabras :)
EliminarToprome
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