LA RELACIÓN LABORAL Y LOS DIFERENTES REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

 

Buenos días, apreciados lectores de este nuestro fantástico blog. Para inaugurar por todo lo alto nuestro blog, el tema elegido ha sido… LA RELACIÓN LABORAL Y LOS DIFERENTES REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Porque como todos sabéis, no se puede empezar a construir una casa por el tejado, por eso mismo en esta entrada os vamos a mostrar las bases sobre las que se levanta el mundo laboral. En esta entrada os enseñaremos lo que se considera y lo que no se considera una relación laboral y los distintos regímenes que hay en la seguridad social.

Así que sin más dilación… EMPECEMOS.

Para empezar, debemos definir el concepto de trabajo, el cual es considerado como “el esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza, en contraposición a capital” según la RAE. Por otro lado, debemos definir que es una relación laboral, definiéndose como “la prestación de un trabajo natural subordinada a un empleador mediante el pago de una remuneración” según la RAE. Pero para hacerlo más fácil, nosotros la podemos definir en 5 palabras.

1.Trabajo personal: Que las acciones a realizar sean llevadas a cabo por la persona con la que se ha iniciado la relación laboral. Ejemplo: X empieza una relación laboral con Y, dicha relación consta en mover cajas de un almacén a una tienda y le dará 100 euros a cambio, a su misma vez Y le encarga esta tarea a Z diciéndole que le dará 20 euros. En este caso no hay relación laboral entre X e Y, ya que él no está realizando el trabajo.

2.Voluntariedad: La relación laboral debe ser contraída de forma voluntaria y sin ningún tipo de coacción o amenaza. El ejemplo más claro que podemos ver es el esclavismo, en el cual no había voluntariedad por las partes, sino amenazas.

3.Dependiente: Dependes de las órdenes que te dé otra persona para poder realizar las acciones de trabajo. El ejemplo más común podría ser las órdenes que te da el jefe.

4.Por cuenta ajena: El trabajo realizado es para otra persona la cual obtiene beneficios de tu trabajo: El ejemplo más claro son las empresas.

5.Retribución: Para que sea una relación laboral, tu esfuerzo y trabajo debe ser retribuido ya sea a nivel monetario o en especie. (SPOILER: más adelante en este mismo blog podréis descubrir que es el salario en especie). El ejemplo más claro, es el salario que perciben las personas a final de mes por parte de las empresas.



En estos momentos os estarán surgiendo muchas dudas acerca de lo que habéis leído, como por ejemplo ¿Qué pasa con los trabajadores autónomos? o ¿Qué pasa con la alta dirección de una empresa? o por ejemplo y para ponerlo en un contexto más juvenil y que seguramente os toque más de cerca ¿Qué pasa si me voy de intercambio a otro país y me alojo en el domicilio de otra familia y a cambio cuido de sus hijos o les limpio la casa? A todas estas dudas les vamos a dar una respuesta de la mano de la Seguridad Social y sus distintos regímenes.

Primero de todo vamos a definir que son estos regímenes, según la propia página web de la Seguridad Social son: un sistema a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional, o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define.  Estos Regímenes de afiliación están divididos en: El régimen general, el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), el Régimen especial de la minería del carbón y el Régimen Especial de Trabajadores del mar.

De estos regímenes nos vamos a centrar en los dos primeros, ya que son los más abundantes y cotidianos y probablemente en los que os encontréis en vuestra vida laboral.

El Régimen General de la Seguridad social probablemente sea el más común y con el que muchos de vosotros estaréis más familiarizados, ya que se tratara del régimen que engloba muchas de las relaciones laborales que antes hemos descrito. Aunque dentro de este régimen también se encuentra recogido un régimen especial, en el que se engloban los artistas, profesionales taurinos y representantes de comercio.

Por otro lado, tenemos el RETA, Régimen especial de Trabajadores Autónomos, en el que se incluyen los propios trabajadores autónomos, así como, familiares y cónyuge del trabajador autónomo hasta tercer grado, los escritores de libros, los profesionales que por razón de su actividad requieren la incorporación a un colegio profesional, socios trabajadores de cooperativas y socios industriales de las sociedades comanditarias de trabajo y los comuneros.

Para finalizar vamos a resolver las dos últimas preguntas planteadas, el personal de alta dirección de la empresa se encuentra dentro del régimen general de la seguridad social, ya que, aunque no es un trabajador subordinado a otra persona, ya que por sus méritos ha alcanzado el éxito profesional dentro de la empresa (como esperamos y confiamos en que consigáis todos y cada uno de vosotros), se considera trabajador por cuenta ajena porque trabaja en la empresa de un tercero. Por último, en el supuesto que hemos planteado, no está contemplado como relación laboral puesto que se entiende como una relación a la par (au pair en inglés), y no se considera relación laboral, ya que es más una convivencia entre familia y persona alojada y se sobreentiende que los servicios prestados son minimalistas y no reciben un verdadero salario por ello.





Y hasta aquí la entrada del día de hoy, si estáis interesados en conocer más en profundidad los regímenes de la Seguridad Social o las relaciones de trabajo, os invitamos a indagar en la página web de la seguridad social, donde encontraréis más respuestas a vuestras preguntas, o si preferís podéis dejarnos vuestras dudas en los comentarios y las responderemos encantados. Un saludo, nuestros queridos lectores y recordad ¡El conocimiento es el verdadero poder para mantener una buena salud laboral!


Comentarios

  1. Un blog super interesante para gente joven que necesita información para sus comienzos en el apasionante mundo laboral. Felicidades Chic@s por esta iniciativa tan interesante.

    ResponderEliminar
  2. Una información muy útil e interesante... con ganas de ver como sigue evolucionando el blog!

    ResponderEliminar
  3. He dado con tu blog por casualidad y me he llevado una grata sorpresa al descubrir un espacio super interesante para jóvenes que reclaman información para inserirse al mundo laboral. Gracias por proporcionarnos estrategias y recuros. Enhorabuena!!

    ResponderEliminar
  4. Muy útil para los jóvenes novatos, lo seguiré sin duda!

    ResponderEliminar
  5. Me han pasado el link unos amigos diciendo que era digno de leer y no se equivocaban.
    Blog rico en información útil para jovenes. Lo seguiré recomendando!

    ResponderEliminar
  6. Mari Carmen: Muy buena entrada, con puntos, negrita, faltaría algún enlace que amplíe la información para el lector.

    ResponderEliminar
  7. Contenido interesante. Mari Carmen

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

La Importancia del Salario Emocional

Permisos de Trabajo

Explorando nuevos horizontes laborales: el rol de la movilidad funcional